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DERECHO DE FAMILIA

Abogados de Familia en Alicante

Protegiendo lo que realmente importa.​

Las decisiones familiares requieren un asesoramiento jurídico riguroso, pero también una comprensión cuidadosa de cada situación. 

En MTM Abogados ofrecemos asesoramiento en Derecho de Familia en Alicante, abordando cada asunto de forma personalizada para proteger sus intereses y aportar seguridad en momentos de cambio.

Acompañamos a personas y familias en separaciones, divorcios, custodia, medidas económicas y otras decisiones familiares, también cuando existen vínculos con distintos países.

 

Cada decisión puede redefinir el equilibrio de una familia.

ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL PARA SU FAMILIA

Una separación o un cambio en la organización familiar no afecta únicamente a derechos y obligaciones. También puede alterar la estabilidad de los hijos, la relación entre los progenitores, la vivienda, el patrimonio y la forma de afrontar una nueva etapa.

Analizamos cada situación con rigor jurídico y sensibilidad, buscando soluciones que protejan a las personas implicadas, atiendan al interés de los menores y permitan tomar decisiones importantes con la mayor seguridad posible.

¿En qué podemos ayudarle?

01

Divorcios y separaciones

Asesoramiento y defensa en divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, separaciones y elaboración de convenios reguladores, abordando las medidas personales, familiares y patrimoniales que deben adoptarse en cada caso.

02

Custodia y régimen de visitas

Asesoramiento y defensa en procedimientos relativos a la guarda y custodia de los hijos, custodia compartida, régimen de visitas, estancias y comunicaciones, atendiendo a las circunstancias de cada familia y, especialmente, al interés superior del menor.

03

Pensiones y medidas económicas

Asesoramiento en la determinación, modificación y reclamación de pensiones de alimentos y pensiones compensatorias, así como en las demás medidas económicas derivadas de una separación o divorcio, atendiendo a las circunstancias familiares y económicas de cada caso.

04

Modificación de medidas

Asesoramiento y defensa en procedimientos de modificación de medidas definitivas cuando se produce una variación sustancial de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta al acordarlas, incluyendo medidas relativas a la custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos o pensión compensatoria.

05

Liquidación del régimen económico matrimonial

Asesoramiento en la liquidación del régimen económico matrimonial, incluida la liquidación de la sociedad de gananciales, mediante la identificación y valoración del activo y del pasivo, la formación del inventario y la posterior adjudicación de los bienes y deudas, tanto de mutuo acuerdo como, cuando resulte necesario, por vía judicial.

06

Familia y divorcios internacionales

Asesoramiento en divorcios y procedimientos de familia con elemento internacional, especialmente cuando los miembros de la familia tienen distintas nacionalidades, residen en diferentes países o existen vínculos con más de un Estado, analizando la competencia judicial y la ley aplicable, así como el reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras cuando resulte necesario.

07

Parejas de hecho

Asesoramiento jurídico a parejas de hecho en relación con su constitución y extinción, así como sobre las consecuencias personales y patrimoniales derivadas de la ruptura, especialmente cuando existen hijos en común, vivienda, bienes o intereses económicos compartidos.

08

Filiación y relaciones paterno-filiales

Asesoramiento y defensa en procedimientos relacionados con la filiación y las relaciones entre progenitores e hijos, incluyendo acciones de reclamación e impugnación de la filiación y otras cuestiones relativas al ejercicio de los derechos y responsabilidades parentales.

ACUERDO Y DEFENSA

Un acuerdo puede proteger mucho más que el resultado de un procedimiento.

Cuando las circunstancias lo permiten, trabajamos para construir soluciones que reduzcan el conflicto y permitan ordenar las relaciones familiares de forma estable.

Cuando el acuerdo no es posible o no protege adecuadamente los intereses en juego, preparamos la defensa jurídica necesaria para acudir a los tribunales.

CÓMO TRABAJAMOS

Entender la familia antes de decidir la estrategia.

Partimos de los hechos y de la realidad concreta de cada familia: la situación de los hijos, el patrimonio, las medidas ya existentes y el margen real para alcanzar un acuerdo.

01

Análisis jurídico y familiar

Ordenamos los hechos, la documentación y las prioridades para definir las opciones disponibles.

02

Negociación

Exploramos soluciones proporcionadas que permitan reducir el conflicto y dar estabilidad.

03

MASC

Valoramos los medios adecuados de solución de controversias cuando resultan útiles para el caso.

04

Defensa judicial

Preparamos una defensa rigurosa cuando el acuerdo no es posible o no protege los intereses en juego.

Preguntas frecuentes

La separación y el divorcio producen efectos jurídicos diferentes. La separación supone el cese de la convivencia matrimonial y suspende la vida en común de los cónyuges, pero no disuelve el matrimonio. Por ello, las personas separadas continúan casadas y no pueden contraer un nuevo matrimonio.

El divorcio, en cambio, sí produce la disolución del vínculo matrimonial y permite a los antiguos cónyuges volver a casarse. Tanto la separación como el divorcio pueden tramitarse de mutuo acuerdo o por vía contenciosa y, cuando existen hijos o cuestiones económicas comunes, será necesario regular las medidas correspondientes, como la guarda y custodia, el régimen de visitas, las pensiones o el uso de la vivienda familiar.

La elección entre separación y divorcio dependerá de las circunstancias y objetivos de cada familia, por lo que conviene valorar previamente las consecuencias jurídicas y patrimoniales de cada opción.

La custodia de los hijos se determina atendiendo, ante todo, al interés superior del menor. Puede establecerse un régimen de custodia compartida o atribuirse la custodia a uno de los progenitores, en función de las circunstancias concretas de cada familia.

Para determinar el régimen más adecuado se valoran, entre otros factores, la relación de los hijos con cada progenitor, su disponibilidad y capacidad para atenderlos, la organización familiar existente, la proximidad de los domicilios y centros escolares y, cuando proceda, la opinión de los propios menores.

Los progenitores pueden alcanzar un acuerdo sobre estas medidas. Si no existe acuerdo, será el juez quien determine el régimen de guarda y custodia, teniendo en cuenta las circunstancias del caso y el bienestar de los hijos.

La pensión de alimentos de los hijos no se determina mediante una cantidad fija aplicable a todos los casos. Su importe debe establecerse teniendo en cuenta las necesidades de los hijos y los medios económicos de ambos progenitores, de acuerdo con el principio de proporcionalidad.

Para fijar su cuantía pueden valorarse, entre otras circunstancias, los ingresos y recursos de los progenitores, las necesidades ordinarias de los hijos, su edad, los gastos de educación, vivienda y manutención, así como el régimen de guarda y custodia establecido.

La pensión puede fijarse de común acuerdo dentro del convenio regulador o, cuando no exista acuerdo, ser determinada judicialmente. Si posteriormente se produce una variación sustancial de las circunstancias económicas o familiares, puede estudiarse la posibilidad de solicitar una modificación de la pensión de alimentos.

Sí. Las medidas adoptadas en una sentencia de separación o divorcio pueden modificarse cuando se produce una variación relevante de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta al establecerlas.

La modificación puede afectar, entre otras cuestiones, a la guarda y custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos o la pensión compensatoria, siempre que concurran los requisitos legales aplicables a la medida que se pretende revisar.

Cuando existe acuerdo entre las partes, la modificación puede solicitarse de mutuo acuerdo. Si no lo hay, será necesario acudir al correspondiente procedimiento de modificación de medidas, acreditando las circunstancias que justifican la revisión.

Por ello, antes de iniciar el procedimiento conviene analizar si el cambio producido tiene suficiente relevancia jurídica y qué documentación y pruebas permiten acreditarlo.

Cuando un divorcio presenta elementos internacionales —por ejemplo, porque los cónyuges tienen distintas nacionalidades, residen en países diferentes o han trasladado su residencia de un Estado a otro— es necesario determinar, antes de iniciar el procedimiento, qué tribunales son competentes y qué ley resulta aplicable.

La dimensión internacional también puede afectar a cuestiones relacionadas con la responsabilidad parental, guarda y custodia de los hijos, pensiones de alimentos, régimen económico matrimonial o al reconocimiento y ejecución en España de resoluciones dictadas en otros países.

En estos casos resulta especialmente importante analizar desde el inicio las circunstancias personales y familiares, los países implicados y la normativa internacional y europea aplicable, ya que la existencia de vínculos con varios Estados puede condicionar tanto el procedimiento como sus efectos.

No existe una opción mejor para todos los casos. El divorcio de mutuo acuerdo suele permitir a los cónyuges definir conjuntamente las medidas familiares y económicas, con mayor control sobre el resultado y, por lo general, con menor duración y conflictividad.

Sin embargo, el acuerdo solo es aconsejable si protege adecuadamente los intereses implicados y existe una base suficiente para negociar. Cuando no es posible alcanzar un convenio equilibrado, hay desacuerdos relevantes o resulta necesario solicitar medidas de protección, puede ser preciso acudir a un procedimiento contencioso. Conviene valorar las circunstancias familiares, patrimoniales y procesales antes de decidir la vía.

El uso de la vivienda familiar y la propiedad del inmueble son cuestiones distintas. Tras el divorcio, el uso puede atribuirse atendiendo a las circunstancias del caso, especialmente a las necesidades de los hijos menores y al régimen de guarda y custodia, sin que ello modifique por sí solo la titularidad de la vivienda.

También deben analizarse la existencia de hipoteca, el régimen económico matrimonial, la posible copropiedad y los gastos asociados al inmueble. La solución puede acordarse en el convenio regulador o ser establecida judicialmente si no existe acuerdo, por lo que es importante estudiar conjuntamente sus efectos familiares y patrimoniales.

Hablemos de su situación familiar

Cuéntenos qué está ocurriendo y qué necesita resolver. Revisaremos su consulta para valorar cómo podemos ayudarle y cuál puede ser la vía más adecuada.

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