EMPRESA Y DERECHO MERCANTIL

Derecho para empresas que toman decisiones.

En MTM Abogados ofrecemos asesoramiento en Derecho Mercantil y Societario en Alicante a empresas, socios y profesionales, desde la constitución y organización de sociedades hasta la negociación de contratos y el desarrollo de relaciones comerciales nacionales e internacionales.

 

ASESORAMIENTO MERCANTIL

Las buenas decisiones empresariales
empiezan por una estructura jurídica sólida

Anticipamos problemas, ordenamos las relaciones entre socios, 

documentamos acuerdos y contratos y acompañamos a su empresa 

en cada decisión importante.

¿En que podemos ayudarle?

01

Sociedad

Constitución y orgenización societaria. Estatutos y modificaciones. Acuerdos societarios. Transformaciones. Conflictos entre socios. Reestructuraciones.

02

Pactos de socios y gobierno societario

Redacción y revisión de pactos de socios, regulación de derechos y obligaciones, adopción de acuerdos y organización de las relaciones societarias.

03

Contratos mercantiles

Redacción, revisión y negociación de contratos de compraventa, prestación de servicios, suministro, distribución y otros contratos vinculados a la actividad empresarial.

04

Contratos tecnológicos y colaboración empresarial

Contratos SaaS, licencias, acuerdos de colaboración, joint ventures contractuales, NDA y otros acuerdos vinculados a proyectos y relaciones empresariales.

05

Conflictos societarios y mercantiles

Conflictos entre socios, incumplimientos contractuales, negociación de soluciones y, cuando resulte necesario, defensa de los intereses de la empresa o de sus socios.

06

Marcas y activos intangibles

Protección y registro de marcas y asesoramiento contractual sobre determinados activos intangibles vinculados a la actividad empresarial.

07

Asesoramiento mercantil recurrente

Apoyo jurídico en las decisiones ordinarias de la empresa, revisión de documentación y contratos y prevención de riesgos y conflictos.

EN LAS DECISIONES MERCANTILES DE SU EMPRESA

CREAR

Puesta en marcha y constitución de la empresa.

ORGANIZAR

Estructura societaria y relaciones entre socios.

CONTRATAR

Documentación y contratos B2B para su actividad.

OPERAR

Acompañamiento en su desarrollo y nuevas oportunidades.

RESOLVER

Soluciones y defensa ante conflictos e incumplimientos.

¿Necesita asesoramiento jurídico?

OPERACIONES Y RELACIONES INTERNACIONALES

Negocios que no terminan en una frontera.

Asesoramos a empresas y profesionales en sus relaciones comerciales con clientes, proveedores y colaboradores de distintos países, así como en la negociación y revisión de contratos mercantiles internacionales.

 

CUANDO SURGEN DIFERENCIAS

Proteger la relación cuando es posible.
Defender sus intereses cuando es necesario.

Cada conflicto requiere una estrategia propia. Analizamos la situación y valoramos la vía más adecuada para proteger sus intereses, desde la negociación hasta, cuando resulte necesario, la defensa judicial.

 

NEGOCIACIÓN

MEDIACIÓN / CONCILIACIÓN

CONTACTO

Hablemos de su caso

Cuéntenos su situación y le ofrecemos un asesoramiento jurídico personalizado.

Atención presencial y por videoconferencia.
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PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos sus dudas más habituales

La forma jurídica más adecuada depende del tipo de actividad, el número de socios, la inversión prevista, la responsabilidad que se quiera asumir y las necesidades del proyecto. En España, la sociedad limitada (S.L.) es una de las opciones más habituales para desarrollar una actividad empresarial, aunque no siempre es la más conveniente. Antes de constituir una sociedad, es recomendable analizar la estructura del negocio y las necesidades de los socios para elegir la forma jurídica adecuada y establecer correctamente sus estatutos y relaciones internas.

 

Un pacto de socios es un acuerdo entre los socios de una sociedad que complementa los estatutos y permite regular determinados aspectos de sus relaciones, como la toma de decisiones, la transmisión de participaciones, la entrada o salida de socios o los mecanismos para prevenir y resolver situaciones de bloqueo.

Es especialmente recomendable al constituir una sociedad, incorporar nuevos socios o producirse cambios relevantes en el proyecto empresarial. Su contenido debe adaptarse a cada sociedad y coordinarse adecuadamente con los estatutos sociales.

Los administradores de una sociedad deben desempeñar su cargo cumpliendo los deberes establecidos por la ley y los estatutos sociales. Cuando incumplen sus obligaciones y causan un daño, pueden llegar a responder personalmente frente a la sociedad, los socios o terceros, si concurren los requisitos legalmente establecidos.

La responsabilidad puede surgir, entre otros supuestos, por actos contrarios a la ley o a los estatutos, por incumplimiento de los deberes inherentes al cargo o, en determinadas circunstancias, por no adoptar las medidas legalmente exigidas cuando concurre una causa de disolución de la sociedad. La existencia y alcance de la responsabilidad deben analizarse atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso.

Un Memorandum of Understanding (MOU) o memorando de entendimiento es un documento mediante el que las partes recogen las bases, objetivos o principales términos de una posible colaboración u operación. A diferencia de un contrato definitivo, suele utilizarse en fases preliminares de una negociación.

Sin embargo, la denominación del documento no determina por sí sola que sea o no vinculante. Dependiendo de su contenido y de la voluntad de las partes, un MOU puede incluir obligaciones jurídicamente exigibles —por ejemplo, en materia de confidencialidad, exclusividad o determinados compromisos— o incluso llegar a tener naturaleza contractual. Por ello, conviene analizar cuidadosamente su redacción antes de firmarlo.

Para proteger una marca en España, puede solicitarse su registro ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Antes de presentar la solicitud, resulta recomendable comprobar la existencia de marcas anteriores que puedan entrar en conflicto y determinar correctamente los productos o servicios para los que se solicita la protección.

Cuando la actividad empresarial se desarrolla o pretende desarrollarse en varios países de la Unión Europea, puede valorarse la solicitud de una marca de la Unión Europea ante la EUIPO, que permite obtener protección mediante un único registro con efectos en todos los Estados miembros.

La elección entre una marca nacional, de la Unión Europea u otras vías de protección internacional dependerá de los mercados en los que opere la empresa y de su estrategia de expansión.