MEDIOS ADECUADOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS · MASC
No todos los conflictos necesitan
el mismo camino.
Los MASC ofrecen distintas vias para abordar una controversia antes de acudir a los tribunales. En
MTM Abogados analizamos el conflicto, la posición de las partes y los objetivos del cliente para determinar qué mecanismo puede resultar adecuado en cada caso.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2026. acudir previamente a un medio adecuado de solución de controversias constituye, en numerosos asuntos civiles y mercantiles, un requisito para poder iniciar posteriormente un procedimiento judicial.
Una forma adecuada de abordar un conflicto antes de acudir a los tribunales.
Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) comprenden distintas vías que permiten a las partes intentar alcanzar una solución extrajudicial a un conflicto.
Dependiendo de las circunstancias, pueden desarrollarse mediante negociación entre las partes o sus abogados, con la intervención de un tercero neutral o a través de otras fórmulas previstas legalmente.
Los MASC pueden utilizarse tanto cuando constituyen un requisito previo de procedibilidad para acudir a los tribunales como por decisión de las partes, simplemente porque desean explorar una solución al conflicto sin iniciar un procedimiento judicial.
Resolver antes también puede ser parte de la estrategia.
Cuando una controversia se prolonga, las circunstancias pueden cambiar, las relaciones deteriorarse y sus consecuencias económicas, patrimoniales o personales agravarse. Por ello, valorar una solución acordada en un momento temprano puede ser también una decisión estratégica.
No existe un único MASC ni una via adecuada para todos los conflictos. La alección depende de la naturaleza de la controversia, la posición de las partes, los objetivos perseguidos y la estrategia juridica del asunto.

Negociación jurídica
Asesoramos y defendemos los intereses de nuestro cliente para alcanzar acuerdos sólidos, realistas y juridicamente seguros.

Mediación y conciliación
Intervenimos como terceros neutrales para ayudar a las partes a dialogar y construir su propia solución.

Oferta vinculante confidencial
Presentamos una oferta confidencial que vincula al oferente si es aceptada, facilitando un acuerdo rápido y eficaz.
La normativa contempla también otras vías de solución de controversias, entre ellas la conciliación privada, la opinión de persona experta independiente o el proceso de Derecho colaborativo. La vía adecuada debe valorarse atendiendo a las circunstancias concretas del conflicto.
En determinados asuntos, intentar una solución previa es un paso necesario.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, en numerosos asuntos civiles y mercantiles es necesario acreditar que se ha intentado previamente un medio adecuado de solución de controversias antes de presentar una demanda.
Es lo que jurídicamente se conoce como requisito de procedibilidad.
No se trata únicamente de cumplir un trámite. La elección del MASC, la forma de plantearlo y la constancia documental del intento de negociación pueden tener consecuencias relevantes si posteriormente resulta necesario acudir a los tribunales.
Por eso, conviene definir la estrategia antes de iniciar el MASC, no después.
La exigencia y el MASC adecuado deben valorarse atendiendo a las circunstancias concretas de cada asunto.
Cumplir un requisito procesal no debería convertirse en un mero trámite.
Analizamos
El conflicto, la documentación, los intereses en juego y las alternativas disponibles.
Definimos
La vía y la estrategia adecuadas al asunto y a los objetivos del cliente.
Actuamos
Desarrollamos la estrategia definida y representamos o acompañamos al cliente durante el proceso.
Formalizamos
Documentamos adecuadamente el resultado o el intento realizado, teniendo en cuenta sus posibles efectos posteriores.
05 · ¿Y SI NO HAY ACUERDO?
Intentar un acuerdo no significa renunciar a defender su posición.
Cuando el MASC finaliza sin acuerdo, analizamos el resultado del proceso y los siguientes pasos desde una perspectiva jurídica y estratégica.
Si resulta necesario acudir a los tribunales, la defensa del asunto continúa sobre una base previamente estudiada, preservando los intereses y la posición jurídica del cliente.
CONTACTO
Hablemos de su caso
Si desea valorar qué vía puede ser adecuada para su asunto, puede ponerse en contacto con nuestro despacho.
Atención presencial y por videoconferencia.
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PREGUNTAS FRECUENTES
Resolvemos sus dudas más habituales
¿Puedo acudir a un MASC aunque no tenga intención de ir a juicio?
Sí. Los MASC no son únicamente un requisito previo para determinados procedimientos judiciales. También pueden utilizarse voluntariamente cuando las partes desean prevenir, gestionar o resolver una controversia mediante el diálogo, la negociación o la intervención de un tercero, sin que exista intención de acudir posteriormente a los tribunales.
De hecho, dependiendo del asunto, acudir a un MASC puede permitir alcanzar una solución adaptada a los intereses de las partes y evitar que el conflicto escale
¿Es obligatorio acudir a un MASC antes de presentar una demanda?
No en todos los casos. En determinados asuntos civiles y mercantiles, la ley exige haber intentado previamente un medio adecuado de solución de controversias como requisito para poder acudir posteriormente a los tribunales.
Existen, sin embargo, supuestos en los que este requisito no resulta exigible. Por ello, antes de iniciar una reclamación conviene determinar si existe obligación de acudir previamente a un MASC y qué vía resulta adecuada para el asunto concreto.
¿Qué MASC es más adecuado para mi caso?
Depende de las características concretas del conflicto. La naturaleza del asunto, la relación entre las partes, sus posiciones, los objetivos perseguidos y la posibilidad de alcanzar un acuerdo son algunos de los factores que deben valorarse.
No existe un MASC adecuado para todos los casos. Analizamos la situación para determinar qué vía puede resultar más conveniente y cómo integrarla dentro de la estrategia jurídica del asunto.
¿Qué ocurre si la otra parte no quiere negociar o no responde?
La falta de respuesta o la negativa de la otra parte no significa necesariamente que el MASC no haya cumplido su función jurídica. Cuando resulte exigible como requisito de procedibilidad, lo relevante será haber realizado el intento en los términos legalmente previstos y poder acreditarlo adecuadamente.
Si no es posible alcanzar un acuerdo, valoramos los siguientes pasos y, cuando proceda, la posibilidad de continuar la defensa del asunto por vía judicial.
¿Lo tratado durante un MASC es confidencial?
Con carácter general, sí. Las actuaciones desarrolladas en el marco de un MASC y la información compartida durante el proceso están sujetas al deber de confidencialidad en los términos previstos legalmente.
Esto permite a las partes explorar posibles soluciones con mayor libertad, sin perjuicio de las excepciones y particularidades que puedan resultar aplicables en función de la vía utilizada y del caso concreto.
¿Hablamos?
Empecemos por entender su situación.
Podemos analizar su caso y valorar qué vía puede resultar más adecuada para abordarlo.
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